Aviso: El siguiente artículo no constituye asesoramiento legal ni fiscal, sino que tiene fines meramente informativos.

La introducción y estructuración del impuesto sobre el patrimonio en Mallorca es un tema de importancia en el sector inmobiliario, especialmente entre los inversores internacionales. Si bien persigue el objetivo de crear justicia económica y, al mismo tiempo, abordar desafíos sociales, sin asesoramiento y optimización fiscal puede representar un desafío al adquirir una propiedad. A continuación, se presenta lo que necesita saber sobre el impuesto sobre el patrimonio en Mallorca. En particular, le recomendamos que consulte a un asesor fiscal al comienzo de su búsqueda de una propiedad adecuada. No dude en ponerse en contacto con nosotros para que podamos ponerle en contacto con un asesor fiscal que pueda asesorarle en alemán en Mallorca.

Fundamentos legales e inserción nacional

El Impuesto sobre el Patrimonio en España es un impuesto directo que grava el patrimonio neto de las personas físicas y fue introducido originalmente en 1977 como una medida temporal para aumentar los ingresos del Estado, al mismo tiempo que se producía la transición de la dictadura a la democracia y la aprobación de la Constitución española de 1978. El impuesto tenía como objetivo aumentar la transparencia económica y garantizar una distribución más justa de la carga fiscal entre los diferentes grupos de ingresos.

En 2008, el impuesto sobre el patrimonio fue abolido debido a la mejora de las condiciones económicas. La decisión de ese momento reflejó la esperanza de que una carga fiscal reducida fomentaría la dinamización económica y la actividad inversora. Sin embargo, la crisis financiera global obligó al gobierno español en 2011 a reintroducir el impuesto como medida de consolidación fiscal. Desde entonces, a pesar de los debates recurrentes sobre su necesidad y eficacia, el impuesto sigue siendo parte del sistema tributario español. Su base legal actual es la Ley 19/1991, de carácter estatal.

Desde 1980, las comunidades autónomas tienen competencias en la gestión y recaudación del Impuesto sobre el Patrimonio, lo que genera diferencias regionales. Así, el mínimo exento varía notablemente según la orientación política de las autonomías. Como ejemplo, en Cataluña se sitúa en 500.000 euros, mientras que en autonomías como Baleares, Andalucía y Madrid alcanza los 3 millones de euros, después de haber estado en Baleares en 700.000 euros cuando gobernaba el PSOE.

El impuesto sobre el patrimonio en las Baleares, incluida Mallorca, sigue las leyes generales españolas, pero con ajustes regionales para tener en cuenta las condiciones económicas y sociales específicas de la región, aunque esto también da lugar a diferencias significativas en la aplicación del impuesto entre las distintas regiones de España.

También cabe mencionar la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 3 de septiembre de 2014 en el asunto C-127/12. El tribunal dictaminó que las autoridades fiscales españolas no pueden discriminar a los ciudadanos de la Unión Europea. Esto significa que las personas residentes en otro Estado miembro de la UE pueden beneficiarse de las mismas normativas y beneficios fiscales que las personas residentes en España.

Aunque el dictamen se refería originalmente al impuesto sobre sucesiones y donaciones, el razonamiento subyacente también se extendió al impuesto sobre el patrimonio. Esto condujo a una adaptación de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio español para evitar posibles discriminaciones, que son inadmisibles según el artículo 65 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Desde la entrada en vigor de la Ley 11/2021, la prohibición de discriminación se ha ampliado a personas que no residen en la Unión Europea. Como resultado, independientemente de la residencia fiscal en España, se disfrutan de los mismos derechos fiscales que los contribuyentes nacionales, especialmente en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Obligación tributaria y cálculo

El impuesto sobre el patrimonio se aplica al patrimonio neto mundial de las personas que tienen su residencia fiscal en España. El patrimonio neto se entiende como el conjunto de bienes y derechos económicamente valorables de una persona (por ejemplo, inmuebles, saldos bancarios, participaciones en empresas, vehículos y obras de arte), deducidas las deudas y obligaciones.

Para la valoración de inmuebles en el marco del artículo 10 de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio se utilizan fundamentalmente tres métodos, debiendo tenerse siempre en cuenta el mayor valor determinado: En primer lugar, el valor catastral, que suele ser considerablemente inferior al valor de mercado real. En segundo lugar, el valor de referencia, que se asigna a muchos inmuebles españoles y representa una aproximación al valor de mercado, aunque en ocasiones también es inferior a este. En tercer lugar, el valor de adquisición, que comprende el precio de compra efectivamente pagado más todos los gastos e impuestos asociados a la compra y que, en la mayoría de los casos, representa el valor más alto.

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En las Islas Baleares, el mínimo exento para residentes y no residentes se sitúa actualmente en 3.000.000 de euros por persona. Si el patrimonio neto supera estos límites, se gravará de forma progresiva, pudiendo las cuotas oscilar entre el 0,28 % y el 3,45 %. El siguiente cuadro oficial de la cuota del impuesto sobre el patrimonio, según la ley balear, es el siguiente:

Base de cálculo (en €) Cuota impositiva (en €) Tipo impositivo (en %)
0,00 0,00 0,28
170.472,04 477,32 0,41
340.937,04 1.176,23 0,69
681.869,75 3.528,67 1,24
1.336.739,51 11.649,06 1,79
2.727.479,00 36.543,30 2,35
5.454.958,00 100.639,06 2,90
10.909.915,99 258.832,84 3,45

Ejemplo de cálculo de impuestos

Suponiendo que el valor de adquisición del inmueble sea de 12.500.000 euros. Los costes adicionales de compra, como el IVA, los gastos de notaría y el registro, también se tienen en cuenta a efectos de la liquidación del impuesto sobre el patrimonio. Por lo tanto, el impuesto se calculará sobre una base de 12.500.000 euros, en lugar de sobre un valor de mercado estimado de 11.000.000 euros. Esta forma de cálculo se basa en las consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos (V0891-24 y V2120-21).

El cálculo para una propiedad con un valor de adquisición de 12.500.000 euros se realiza de la siguiente manera:

Importe exento De los 12.500.000 euros se deducen 3.000.000 euros de franquicia, lo que deja una base imponible de 9.500.000 euros.

Hasta un importe de 5.454.958,00 euros: Según la tabla oficial, la carga fiscal para este importe es de 100.639,06 euros.

Excedente El superávit restante de 4.045.042 euros se grava a un tipo impositivo del 2,9 %. El impuesto sobre este superávit asciende a 117.306,22 euros.

Carga fiscal total: Por lo tanto, el impuesto sobre el patrimonio para la base imponible de 9.500.000 euros asciende en total a 217.945,28 euros.

Oportunidades de optimización

Las opciones de estructuración estratégica para reducir la carga del impuesto sobre el patrimonio son de vital importancia para los contribuyentes ricos. Una opción es la compra de una propiedad por varias personas, lo que permite a cada comprador utilizar desgravaciones fiscales individuales. Sin embargo, esta solución requiere confianza y dependencia de otros propietarios. Alternativamente, la compra mediante financiación de deudas ofrece ventajas fiscales, ya que las deudas son deducibles siempre que la hipoteca esté vigente en el momento de la compra. Para los no residentes ricos, la adquisición a través de una empresa puede resultar atractiva, ya que los activos de las personas jurídicas no suelen estar sujetos al impuesto sobre el patrimonio. Sin embargo, deben tenerse en cuenta posibles riesgos, como el cumplimiento de la norma 50% para la participación en la propiedad, a fin de evitar desventajas fiscales. Además, la elección de una sociedad colectiva puede ofrecer transparencia fiscal y favorecer fiscalmente el producto de la venta. La estrategia adecuada en cada caso requiere un análisis cuidadoso de las circunstancias individuales y de las condiciones de la legislación fiscal. Estaremos encantados de ponerle en contacto con un asesor fiscal que pueda aconsejarle en la compra de un inmueble con el fin de optimizar la fiscalidad inmobiliaria.

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Impactos en el mercado inmobiliario

El mercado inmobiliario en Mallorca es un elemento central de la economía local y, al mismo tiempo, uno de los principales factores que influyen en el entorno fiscal de la isla. Por lo tanto, a través del impuesto sobre el patrimonio, los propietarios de inmuebles, que a menudo han invertido una parte considerable de su patrimonio en terrenos y edificios, se ven sometidos a una carga financiera adicional. Esto se aplica en particular a las residencias de lujo y a las viviendas vacacionales, que contribuyen significativamente al patrimonio gravable debido a su alto valor de mercado.

Los inversores internacionales, que han adquirido cada vez más propiedades en Mallorca en los últimos años, consideran el impuesto como un factor de coste adicional que puede influir en su decisión de invertir o no en la isla. Un aumento de los ingresos fiscales podría llevar a algunos inversores a buscar destinos alternativos donde las cargas fiscales sean menores. Esto no solo afectaría a la demanda inmobiliaria en Mallorca, sino que teóricamente también podría provocar una caída de los precios. En la práctica, sin embargo, se observa un interés cada vez mayor en las propiedades de Mallorca. A pesar del impuesto sobre el patrimonio, el mercado inmobiliario en Mallorca es estable y la demanda de propiedades está creciendo en lugar de disminuir. Esto puede justificarse por la oferta limitada y la exclusividad de la isla.

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